Contabilidad para RIF, pequeños negocios
¡El que tiene tienda, que la atienda! Nosotros atendemos tu contabilidad.
Dentro del RIF (Régimen de Incorporación Fiscal) se encuentran todos los pequeños negocios que no excedan ingresos anuales por dos millones de pesos. Entre otros: fondas, tiendas de abarrotes, salones de belleza, refaccionarias, talleres mecánicos, tintorerías, carnicerías, papelerías, verdulerías, ente otras.
- • Declaraciones bimestrales, realizamos el cálculo mensual de tus ingresos y egresos.
- • Regularización fiscal, mantenemos tus obligaciones fiscales al día.
- • Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales, para los casos en los que la constancia se emita con una opinión negativa, regularizamos tu situación haciendo tus declaraciones pendientes para que puedas obtener una opinión positiva.
- • Constancia de situación fiscal, este documento puede ser solicitado por un nuevo empleador en ella encontrarás información como tu estatus ante el SAT, las actividades económicas que realizas, las obligaciones de tu régimen fiscal y por ende los impuestos que debes pagar. Además, incluye la fecha en que te diste de alta ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) también incluye datos personales como CURP, nombre, domicilio Fiscal, teléfono y correo.